FM-La-Perla

El Intendente Eduardo Córdoba mediante decreto N° 0044 conformó el equipo técnico y de gestión que tendrá intervención en todos los aspectos relacionados aenla Etapa de Exploración Avanzada del Proyecto Agua Rica, expediente D-1112/2019

Está integrado por:

Presidente del Concejo Deliberante: Norma Flores.

Concejal Tec. María Pía Molina.

Concejal Pablo Rodríguez.

Secretario de Gobierno: Armando Álvarez.

Secretaria de Asesoría General: Prof. Leila Haddad.

Secretaria de Planificación: Prof. Florencia Sanagua.

Secretario de Producción: Ing. Luis Carrizo.

Subsecretaria de Ambiente: Ing. Natalia Reales.

Asesores externos:

Dr. Aldo Banchig.

Dr. Rodolfo Cecenarro

Doc. María Laura Carrizo.

Lic. Angelo Mazzucco.

Dr. Pablo Cecenarro.

Prof. Mariano Chagaray.

Motivo de la convocatoria:

Reunión técnica informativa en relación al “Informe de Impacto ambiental, Programa de Investigación de Campo 2023-2024, proyecto Agua Rica, Departamento Andalgalá, Provincia de Catamarca, Expediente D-1112/2019 (Expediente Judicial 271/08) Etapa de Exploración Avanzada. Lugar de reunión: Hotel Casino Catamarca, miércoles 7, 9.00 horas.

La Empresa MARA declara que el programa de investigación de campo 2023-2024 tiene como objetivo principal completar la obtención de datos para la potencial instalación de infraestructura (escombreras).Los trabajos se desarrollarán en las adyacencias de la zona conocida como río Blanco, como así también al sur del futuro pit de Agua Rica cercano a la zona del arroyo Melcho, en la cuenca del río Minas (IIA, III Descripción de los trabajos a desarrollar 1.1 Objetivo de la Exploración. página 82)

Posición del Municipio ante la Secretaría de Desarrollo Minero:

En cada punto abordado los integrantes del equipo técnico realizaron planteos concretos en relación a la falta de cumplimiento de los procedimientos de Participación Ciudadana a lo largo del desarrollo de la Exploración Avanzada, rol que debe ser ejercido por la autoridad de aplicación; la exigencia de contar con altos estándares científicos/técnicos en la formulación de las IIA, el envío inmediato de la información al Municipio y al Concejo Deliberante, la obligación de efectuar modalidades informativas primero en el departamento Andalgalá y no en la capital provincial.

Que las convocatorias a reuniones informativas, participación ciudadana, consulta pública, las realice la Autoridad de Aplicación (DIPGAM), y no la empresa. Que sean en lugares públicos neutrales, de acuerdo parámetros del Artículo N°20 del Ley General del Ambiente.

Que se informe al Municipio los resultados de los análisis in situ y de laboratorio que se efectúan en las cuencas de los ríos de Andalgalá desde el inicio de los monitoreos, año 2006, hasta la actualidad (Choya, Potrero, Andalgalá, Vis Vis y Villavil).

Que el proceso de consulta pública para la aprobación del Informe de Impacto Ambiental, Programa de Investigación de Campo 2023-2024 se realice en: distrito Plaza, distrito Choya, distrito Potrero, distrito Minas, por ser las áreas de influencia directa, en lugares neutrales y con la debida anticipación. Que se exponga en lenguaje coloquial y con métodos didácticos para el entendimiento de toda la comunidad.

Que la autoridad de aplicación establezca el procedimiento administrativo para que el municipio formule aportes y oposiciones en cada paso del proceso, siendo parte del expediente administrativo.

Reafirmó que la actividad que hoy se ejecuta está prohibida ya que se trata de los glaciares del Nevado ‘El Candado’. También solicitó la intervención de la Autoridad de Aplicación para la inmediata remediación ambiental en el sector denominado Campo Grande, zona de estudio de la campaña anterior.

Reiteró la necesidad de que las autorizaciones y controles regresen al sistema equilibrado de poderes que brindaba el Juzgado de Minas, cuyas competencias hoy ejerce el Ministerio de Minería del Gobierno de la Provincia sobre un proyecto del que también es propietario.

Se solicitó que en la Etapa de Exploración Avanzada se dé cumplimiento a la Ordenanza Municipal N°032/2020 vigente y que la mano de obra sea un 80% andalgalense. Que los proveedores se inscriban en el Municipio y tributen como todos quienes ejercen actividades comerciales.

Posición del Municipio a la Empresa MARA:

Que determine un plan de restablecimiento al estado anterior y/o remediación ambiental para el sector Campo Grande frente a toda alteración causada que haya modificado negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas o los bienes y valores colectivos, luego de la ejecución de la Adenda en el sector.

Que la empresa comparta los resultados de los análisis de laboratorio del Programa de Monitoreo Ambiental de Aguas desde el inicio de las operaciones a la fecha.

Que la empresa minera comparta al Municipio los resultados de las estaciones de medición de sus 40 sensores de temperatura para determinar ambiente glaciar y periglaciar.

Que los profesionales que lleven a cabo las investigaciones de campo de la exploración sean de probada idoneidad, trayectoria científica, que no se admitirán baches o falta de información y sustento en las IIA, dada la complejidad de los trabajos.

Que todo el programa de exploración ya está generando un impacto permanente de índole causal, ocasionando una fuerte deforestación y movimiento de material que representan cambios permanentes y una fuerte afectación negativa de las condiciones naturales de la cubierta herbácea y su trascendencia en el funcionamiento del ciclo hídrico de las cuencas afectadas.

Asimismo vale agregar la pérdida de sustentabilidad de laderas y suelos en una topografía extrema y pérdida de flora autóctona al afectarse sus condiciones necesarias para su desarrollo, caídas de rocas de mena, sedimentos que enturbian los cursos fluviales y deslizamientos masivos de roca serán cada vez más frecuentes y afectando la calidad del recurso hídrico y sumando una potencialidad de riesgos e impactos negativos a las comunidades que yacen en las desembocaduras de cada curso de agua.

El Municipio continuará su plan de análisis en las cuencas de los ríos, que efectúa cada 3 meses enviando las muestras a laboratorios de Mendoza y La Rioja , con el fin de establecer su propia línea de base.

Participará de las instancias informativas y de tomas de muestras de agua, en la medida que sean convocadas por la Autoridad de Aplicación.

El municipio informará de acuerdo a los principios de la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú a la comunidad de Andalgalá todo lo concerniente al Informe de Impacto Ambiental, estaba Exploración Avanzada de acuerdo a la dinámica institucional vigente.