FM-La-Perla

El Concejo Deliberante de Andalgalá modificó de manera parcial la ordenanza municipal N°032/2020 autoría del concejal mandato cumplido Sebastián Almada que establecía un porcentaje de mano de obra que debían cumplir la empresas andalgalenses dedicadas a la actividad minera, en este caso se amplió para toda las actividades

Mediante el decreto N°184/2024 se estableció que las empresas privadas y/o mixtas con participación estatal mayoritaria que desarrollen sus actividades dentro de la jurisdicción municipal “tendrán la obligación de incorporar y mantener dentro de la planta total del personal o emplear para cada una de las categorías temporarias y por tiempo indeterminado o permanente un 80% del total constituido por mano de obra local con ciudadanos y ciudadanas que tengan domicilio real en la ciudad de Andalgalá, con una antigüedad mínima de radicación continuos de cinco años”

El segundo artículo establece que las empresas deberán presentar ante el ejecutivo “dentro de los  10 días hábiles previo a la iniciación de la actividad, sea obra pública o privada, cateo, prospección, exploración, evaluación del proyecto (estudio de factibilidad) desarrollo y construcción, explotación, cierre de minas, y/o presentación de servicio un listado  con carácter de declaración jurada de todo el personal a contratar” detallándose los datos personales de los trabajadores.